Extienden al 31 de marzo la suspensión de vuelos de cabotaje y micros de larga distancia

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A través de la resolución 73/2020, el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Transporte, informó la prórroga en la suspensión las operaciones de trenes y colectivos de larga distancia, y de vuelos de cabotaje, hasta la medianoche del 31 de marzo.

Con el objetivo de “desalentar la circulación” de la población en el marco del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio que busca evitar la propagación del COVID-19, el texto publicado expresa lo siguiente:

“Prorróganse hasta el 31 de marzo de 2020 las suspensiones totales de los servicios de transporte automotor y ferroviario de pasajeros interurbano e internacionales y de los servicios de transporte aéreo de cabotaje comercial y de aviación general”.

La medida rige “Desde la 0:00 del día lunes 23 de marzo de 2020 y hasta las 24:00 del día martes 31 de marzo de 2020”, estableciendo además que “los servicios de transporte público automotor y ferroviario se cumplirán con sus frecuencias y programaciones habituales de día feriado”.

Por otro lado, “se suspenderá la circulación de los servicios de transporte automotor urbano y suburbano de oferta libre”.

Quedarán exceptuados de esta medida los siguientes escenarios:

a. El traslado hacia sus domicilios de residentes en el país que estén retornando a la REPÚBLICA ARGENTINA.

b. El traslado hacia aeropuertos, puertos y/o terminales de ómnibus o ferroviarias de extranjeros que se encuentren en el país y que se dirijan a su país de origen.

c. El transporte de pasajeros para el traslado de personas que presten servicios o realicen actividades declarados esenciales en el marco de la emergencia pública declarada.

La prórroga también señala que la medida se extenderá automáticamente en caso de que se decidiera la continuidad de la medida de Aislamiento más allá del 31 de este mes.